lunes, 8 de diciembre de 2008

Ley de asociatividad municipal

En la sesión de sala del martes recién pasado, por unanimidad, la Cámara de Diputados dio su aprobación en general al proyecto presentado por el Gobierno que reforma la Constitución Política, para permitir el otorgamiento de personalidad jurídica a las asociaciones de municipalidades.
La iniciativa, que ingresó al Congreso 31 de julio de 2007, modifica el inciso sexto del artículo 118 de la Carta Fundamental, permitiendo que las municipalidades puedan asociarse entre ellas para el cumplimiento de sus fines propios. La reforma aprobada establece que estas asociaciones podrán gozar de personalidad jurídica de derecho privado de conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva.
Un ejemplo de esta asociatividad se encuentra, justamente, en la recientemente enviada Ley que Fortalece la Educación Pública. Durante la tramitación legislativa del proyecto, el Ejecutivo hizo presente que en los últimos años los gobiernos locales han mostrado una tendencia al asociacionismo, citando como un claro ejemplo de ello a la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM), institución que se ha constituido en un interlocutor nacional representativo de los municipios, tanto con el sector público como privado.
También se han ido conformado asociaciones regionales que agrupan a los municipios de la región correspondiente y ha surgido una tercera modalidad, que consiste en la constitución de asociaciones de carácter temático, que comprenden a aquellos municipios que comparten elementos geográficos, históricos, productivos o turísticos.
VACÍO LEGAL
Si bien tanto la Constitución Política como la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades reconocen el derecho de asociarse entre los gobiernos locales, existe un vacío normativo que esta ley busca superar, en cuanto estas organizaciones carecen del reconocimiento de personalidad jurídica.
Por lo tanto ellas están impedidas de poseer patrimonio propio, como tampoco pueden contratar personal bajo su dependencia jurídica y administrativa.
El proyecto se encuentra en primer trámite legislativo en la cámara baja y, después que sea aprobado en particular por esta corporación, deberá pasar al Senado para su sanción.

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