Santo Domingo de Guzman, D.N.- El equipo de técnicos que
representa a la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) en las mesas de trabajo del Pacto eléctrico reiteró en el
día de hoy que la tasa del 3% sobre la facturación de las empresas
distribuidoras de electricidad no está sujeto a cambios en las discusiones de
ese pacto, pues el mismo se encuentra avalado por sentencia del Tribunal
Constitucional.
Los representantes de FEDOMU
indicaron que, tanto el artículo 284 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y
los Municipios como el artículo 134 de la Ley general de electricidad 125-01,
disponen un arbitrio a favor de los gobiernos locales por el aprovechamiento
del espacio público para fines de explotación de una actividad comercial.
“El Tribunal Constitucional, en su
sentencia TC/0100/13 ratificó que esta obligación tributaria de las empresas
comercializadoras de energía eléctrica es conforme a la Constitución y a la
legislación vigente” afirmó la Federación Dominicana de Municipios.
Tal y como argumentó en su
propuesta entregada al Consejo Económico y Social (CES) este arbitrio es clave
para la sostenibilidad del alumbrado público municipal cuya instalación,
también según la Ley 176-07, es competencia propia de los ayuntamientos,
teniendo repercusión en aspectos clave para la convivencia social como es la
seguridad ciudadana.
La sentencia del Tribunal
Constitucional respecto de la tasa del 3% para los gobiernos locales está
disponible en: http://tribunalconstitucional.gob.do/node/1609 según
informó FEDOMU.
Fuente: http://telenoticias.com.do
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