RESOLUCIONES:
Con la participación de Representantes de las organizaciones comunitarias de la Zona Norte y Oeste del D.N. se desarrollo durante los días 12 y 13 de Diciembre el Tercer Congreso de Organizaciones Comunitarias el cual trato el tema de la nueva ley de organización del Distrito Nacional y los Municipios No. 176-07 la cual entro en vigencia el año pasado arribándose a las siguientes conclusiones:
1.- Las organizaciones consideramos que lo aprobación y entrada de la Ley 176-07 es la concretización de un viejo anhelo del movimiento social y comunitarios que ha reclamado mas participación en los asuntos públicos, particularmente en el Municipio; la misma constituye un paso de avance en la larga batalla que libramos por una sociedad mas justa, equitativa y una democracia mas participativa.
2.- Llamamos a las organizaciones comunitarias, a la sociedad civil y a la ciudadanía en general a adentrarse y profundizar el conocimiento de esa Ley de manera de empoderarnos y utilizar las herramientas que la misma pone en nuestras manos para conquistar los espacios sociales y políticos que nos permitan seguir luchando por nuestros derechos y mejores condiciones de vida para nuestras comunidades.
3.- Exigimos que el Ayuntamiento del Distrito Nacional y de los demás Municipios se aboquen a difundir la Ley 176-07 tal y como ella misma establece y dar a conocer ampliamente todos los pormenores de la gestión municipal; que se pongan en practica los reglamentos correspondientes y que en un periodo que no vaya mas haya del año 2009 esta entre plenamente en vigencia incluyendo la implementación rigurosa del Presupuesto Participativo.
4: Mostramos nuestra preocupación por la lentitud, y timidez y distorsión por la que hasta ahora los Ayuntamientos vienen intentando poner en practica la disposición Ley 176-07 en cuanto a los mecanismos de participación Comunitarias como son: la creación de oficina de acceso a la información municipal (OAIM) que aun no se ha abierto, o no se ha puesto en funcionamiento se han creados paginas Web con falta de información relevante, poca publicidad de los acuerdos y resoluciones municipales, registro desactualizados de las organizaciones sin fines de lucro; entre otras.
Un aspecto particularmente importante se refiere al Presupuesto Participativo, el cual viene siendo concebido por los ayuntamientos de una manera diferente a como lo establece la ley, en tanto la participación que hasta ahora se le ha dado a las organizaciones es marginal y excluyente,
Exigimos que para el año 2009 la implementación tenga una participación activa de las organizaciones comunitarias.
5.- Exigimos que el gobierno central cumpla con la ley 166-03 que establece que un 10 % de los ingresos públicos deben ir a los ayuntamientos para que los mismos tengan mayor capacidad de resolución de los problemas comunitarios.
6.- Llamamos a las organizaciones comunitarias y sectores organizados a nivel local a tomar en sus manos el compromiso de velar para que se cumpla esa ley, organizando consulta contemplada en la misma con plebiscitos y referéndum para hacer más relevante el municipio.
7-El Congreso acuerda la conformación de un Comité de Seguimiento integrado por las diferentes organizaciones para monitorear, evaluar y exigir el cumplimiento de la ley 176-07.
8- Las Organizaciones Comunitarias exigimos a los ayuntamientos, a las demás instituciones del Estado, a las ONGs, y nos exigimos a nosotros mismo hacer un ejercicio de transparencia en la gestión publica que incluya la rendición de cuenta detallada a todos los niveles y la democratización total y general de las funciónes publicas.
1.- Las organizaciones consideramos que lo aprobación y entrada de la Ley 176-07 es la concretización de un viejo anhelo del movimiento social y comunitarios que ha reclamado mas participación en los asuntos públicos, particularmente en el Municipio; la misma constituye un paso de avance en la larga batalla que libramos por una sociedad mas justa, equitativa y una democracia mas participativa.
2.- Llamamos a las organizaciones comunitarias, a la sociedad civil y a la ciudadanía en general a adentrarse y profundizar el conocimiento de esa Ley de manera de empoderarnos y utilizar las herramientas que la misma pone en nuestras manos para conquistar los espacios sociales y políticos que nos permitan seguir luchando por nuestros derechos y mejores condiciones de vida para nuestras comunidades.
3.- Exigimos que el Ayuntamiento del Distrito Nacional y de los demás Municipios se aboquen a difundir la Ley 176-07 tal y como ella misma establece y dar a conocer ampliamente todos los pormenores de la gestión municipal; que se pongan en practica los reglamentos correspondientes y que en un periodo que no vaya mas haya del año 2009 esta entre plenamente en vigencia incluyendo la implementación rigurosa del Presupuesto Participativo.
4: Mostramos nuestra preocupación por la lentitud, y timidez y distorsión por la que hasta ahora los Ayuntamientos vienen intentando poner en practica la disposición Ley 176-07 en cuanto a los mecanismos de participación Comunitarias como son: la creación de oficina de acceso a la información municipal (OAIM) que aun no se ha abierto, o no se ha puesto en funcionamiento se han creados paginas Web con falta de información relevante, poca publicidad de los acuerdos y resoluciones municipales, registro desactualizados de las organizaciones sin fines de lucro; entre otras.
Un aspecto particularmente importante se refiere al Presupuesto Participativo, el cual viene siendo concebido por los ayuntamientos de una manera diferente a como lo establece la ley, en tanto la participación que hasta ahora se le ha dado a las organizaciones es marginal y excluyente,
Exigimos que para el año 2009 la implementación tenga una participación activa de las organizaciones comunitarias.
5.- Exigimos que el gobierno central cumpla con la ley 166-03 que establece que un 10 % de los ingresos públicos deben ir a los ayuntamientos para que los mismos tengan mayor capacidad de resolución de los problemas comunitarios.
6.- Llamamos a las organizaciones comunitarias y sectores organizados a nivel local a tomar en sus manos el compromiso de velar para que se cumpla esa ley, organizando consulta contemplada en la misma con plebiscitos y referéndum para hacer más relevante el municipio.
7-El Congreso acuerda la conformación de un Comité de Seguimiento integrado por las diferentes organizaciones para monitorear, evaluar y exigir el cumplimiento de la ley 176-07.
8- Las Organizaciones Comunitarias exigimos a los ayuntamientos, a las demás instituciones del Estado, a las ONGs, y nos exigimos a nosotros mismo hacer un ejercicio de transparencia en la gestión publica que incluya la rendición de cuenta detallada a todos los niveles y la democratización total y general de las funciónes publicas.
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